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TARIFAS PLANAS DE ELECTRICIDAD

¿QUÉ NECESITO SABER?

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Ahora que los precios de la electricidad están en su valor más alto de este año 2014, casualmente varias eléctricas lanzan sus “tarifas planas” en el mercado libre. Algunas de estas tarifas planas regularizan la situación al final de cada anualidad, por lo que verdaderamente no se pueden considerar como tarifas planas y es de suponer que los organismos competentes en la materia apercibirán a las compañías que las usen con ese sentido sin serlo.

Debemos recordar que según el B.O.E., por suerte o por desgracia, todos tenemos la condición de Consumidor Cualificado, y podemos libremente informados contratar las tarifas existentes en el mercado libre, mercado que “parece ser” goza de mayores beneficios que el mercado regulado que define el precio voluntario del pequeño consumidor (P.V.P.C., antes T.U.R.- Tarifa de Último Recurso).

B.O.E     

http://es.wikipedia.org/wiki/Bolet%C3%ADn_Oficial_del_Estado

P.V.P.C.

http://www.omel.es/inicio/mercados-y-productos/mercado-electricidad/pvpc

Consumidor Cualificado

http://www6.mityc.es/aplicaciones/energia/electricidad/rdccc/consucual/Indice.htm

 

Recuerda también que el mercado regulado (P.V.P.C antes T.U.R.) está tutelado por el B.O.E, especificando los precios, los cálculos, la forma de la factura, y otros derechos que tienes como consumidor, independientemente de lo que figure en el contrato firmado con la compañía de referencia (así llaman a las que pueden vender electricidad en el mercado regulado) que nunca será contrario a la legalidad.

(Puedes acudir a nuestro post anterior para conocer las diferencias entre el mercado regulado y el mercado libre, así como las compañías eléctricas que operan en cada uno)

http://www.ipa4.es/factura-de-la-luz-del-pequeno-consumidor/

 

Vamos a ocuparnos de una de las tarifas planas existentes en el mercado libre que si puede considerarse como tal, analizando tanto los mensajes comerciales de su oferta web, como los típicos desvíos a su letra pequeña (1,2,3,4).

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Antes de proceder a su libre contratación, es recomendable que te puedas informar de las condiciones de la oferta y analizarlas, condiciones que encontrarás “fácilmente” buscando al final o por alguna esquina de la visualización en web (recomendamos entretenerse buscándolas).

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Una vez localizadas las condiciones de la oferta, las analizamos:

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(1)

Los precios no incluyen IVA, ni otros impuestos, ni otros conceptos regulados.

Por lo tanto, aplicado el impuesto eléctrico, el alquiler del equipo de medida y el correspondiente IVA al 21%, convertimos adecuadamente los precios a su valor real:

TARIFA PLANA MICRO MINI MEDIA MAXI EXTRA
Importe en la WEB 30,00 € 41,00 € 56,00 € 75,00 € 94,00 €
Impuesto eléctrico 1,53 € 2,10 € 2,86 € 3,83 € 4,81 €
Alquiler contador 0,77 € 0,77 € 0,77 € 0,77 € 0,77 €
21% IVA 6,78 € 9,21 € 12,52 € 16,72 € 20,91 €
TOTAL MENSUAL 39,09 € 53,08 € 72,16 € 96,32 € 120,49 €

 

Añadir que estos importes pueden variar ligeramente según el tipo de contador existente en el suministro, y esperando que este pueda ser el único concepto regulado a que se refieren las condiciones. Ahora ya disponemos de precios más reales para nuestro análisis.

 

Precios vigentes para contrataciones realizadas antes del 25.01.15. Dichos precios se actualizarán trimestralmente y serán de aplicación, aquellos vigentes en el momento de activación del contrato.

Deberás tener esto en cuenta para el cambio de cuota gratis al año (2) si la cuota no se ajusta a tu consumo, puesto que en ese momento los precios podrán ser diferentes y no tendrás posibilidad de negociarlos.

También deberás tener en cuenta que para obtener tu cuota gratis (4) en caso de no llegar al consumo previsto, deberás renovar el contrato por otros 12 meses con los precios publicados en ese momento y tampoco tendrás posibilidad de negociarlos.

 

En caso de que el cliente rebase el consumo anual máximo para la tarifa plana contratada se le aplicará el pago de un importe adicional (0,268 kWh consumido en exceso e informado en pto. 4).

Deberás tener en cuenta de que si rebasas el consumo anual contratado y no subes de tarifa (obviando el improbable caso de que ya hayas solicitado ya un aumento de tarifa ese año), te facturarán con un precio aproximadamente el doble que el actual.

Por ello es muy importante que calcules tu consumo anual de los dos últimos años, sobre todo si tus costumbres han sido similares y se mantienen para el próximo año. Toma dos facturas del mismo mes y años diferentes, y resta el valor de las lecturas de kWh para calcular tu consumo actual (ten en cuenta que si coincide dentro de ese período el fin de escala y vuelta a empezar del contador, el cálculo será erróneo).

cambio-cuota-gratias-al-ano

 

(2)

Una vez al año se podrá solicitar un cambio a la modalidad del tramo superior o bien pagar el recargo calculado sobre los kWh excedidos.

Deberás tener en cuenta que si c

omienzas con una tarifa inferior a tu consumo y a lo largo del año la cambias por una superior para evitar los recargos, puede que tengas que volver a comprometerte por otros 12 meses con esa nueva tarifa superior (recomendable aclarar lo anterior con tu interlocutor comercial) y serán de aplicación los precios existentes en ese momento sin posibilidad de negociarlos. No podrás bajar de tarifa hasta que finalice el contrato.

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(3)

Para cada tarifa plana se establece una cuota fija mensual durante 12 mensualidades, una franja de consumo máximo anual (kWh/año) y un recargo en caso de exceso de consumo por encima de la franja contratada.

Solo añadir, que además de la información de tu consumo en las facturas y en la web de la compañía, puede ser recomendable llevar un control mensual de las lecturas del contador, anotando el valor de consumo registrado en pantalla el primer o último día de cada mes, todos los domingos, o con la frecuencia que uno considere tranquilizadora.

También puede ser recomendable no esperar al aviso de la compañía y actuar a tiempo.

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(4)

Aplicable en la siguiente renovación

Deberás tener en cuenta que para optar a esta devolución deberás renovar el contrato por otros 12 meses, con los precios que en ese momento estén publicado y sin posibilidad de negociarlos.

condiciones-de-la-oferta

Añadir que las Condiciones Particulares de las Tarifas Planas (que también recomendamos entretenerse buscándolas) no varían lo esencial de las Condiciones de la Oferta, y simplemente matizan algunos otros aspectos, como por ejemplo:

  • No devolver la cuota gratis de regalo a aquellos clientes con cortes de suministro por impago durante el contrato, o con deuda existente a la finalización del mismo.

 

  • “El cliente escogerá la Tarifa Plana de Gas y la de Luz que consumo que mejor se adapte a su consumo actual.”

Finalmente es muy recomendable utilizar los buscadores de ofertas oficiales para comprobar con mis datos de consumo anual en kWh, mi potencia contratada en kW y mi tipo de tarifa, cual es la oferta económica que resulta más rentable para mis intereses.

http://comparadorofertasenergia.cnmc.es

comparador-de-ofertas-energia

Todo lo desarrollado anteriormente conduce a nuestra continua recomendación:

 

üpara contratar en mercado libre debes está correctamente informado

 

Y es por lo anterior, por lo que seguimos recomendando que, si tu necesidad de potencia es menor de 10kW, te mantengas en el mercado regulado (PVPC antes TUR) o vuelvas a él si lo has abandonado. Puedes estar seguro que será lo más rentable para tus intereses.

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